Hablar de maltrato animal es realizar una valoración intrínseca. Es hacer referencia al vínculo entre las personas y los animales, como un parámetro integrado y mensurable de riesgo social y de posibles alteraciones de la salud pública.

Pese a los avances logrados en los últimos años, en términos de concientización social y de interés por la problemática, las noticias sobre animales maltratados y/o abandonados, circulan a diario de forma superlativa. Es sabido que el número cada vez mayor de perros sueltos en las calles sin un responsable directo, se constituyen en una de las causas principales de ciertas problemáticas sociales vinculadas a la violencia, y al creciente deterioro de la salud pública, representado por la actual expansión de las enfermedades zoonóticas.

Aun así, la detección, prevención y tratamiento de las acciones violentas hacia los animales constituyen un acto de humanidad en sí mismo. Si realmente queremos combatir la violencia entre las persona en todas sus formas y por ende cuidar la salud de la población, una parte de la lucha consistirá además en erradicar el maltrato a otros seres vivos. Desde hace años se estudia la relación directa que existe entre la violencia hacia los animales y su expresión posterior hacia los humanos. En relación a este último concepto podemos decir que “El maltrato animal nos afecta a todos”.

¿Qué significa maltrato animal?

Desde la perspectiva de la profesión veterinaria, se define como todo accionar con origen en el humano que conduce a una falta de bienestar en el animal (FAO, 2009). La Ley de Protección Animal N° 14.346, castiga con entre 15 días y un año de prisión, a los que someten a malos tratos o actos de crueldad a los animales.

El maltrato puede aparecer de varias maneras y puede tomar diferentes aristas, como por ejemplo:

  • Actos manifiestos e intencionales de violencia hacia los animales.
  • El descuido por omisión o abandono.
  • O el daño psicológico causado en forma de angustia, tormento o terror.

 

BIENESTAR ANIMAL:

En su definición contempla las “Cinco Libertades” (1965) (Necesidades Básicas), definidas por el Código Sanitario Terrestre de la Organización Mundial de la Sanidad Animal (OIE):

“El bienestar animal es el modo en que un animal afronta las condiciones en las que vive”. Las cinco libertades (necesidades) describen el derecho al bienestar que tienen los animales que se encuentran bajo el control del ser humano.

  • Libertad de sufrir hambre y sed: una nutrición adecuada según el tipo de animal.
  • Libertad de sufrir incomodidad: un ambiente para desarrollarse.
  • Libertad de sufrir dolor, lesión y/o enfermedad: cuidado de su salud, controles y atención.
  • Libertad para expresar su comportamiento natural (normal): poder expresarse libremente de acuerdo a sus características.
  • Libertad de sufrir miedo y angustia: no exponerlo a situaciones que lo alteren innecesariamente

Las cinco necesidades son el estándar mínimo que fijó el Farm Animal Welfare Council (FAWC) originalmente para los animales de producción y en los últimos años se han adoptado también para los animales de compañía así como para cualquier tipo de actividad en donde el cuidado de los animales dependa del hombre.

Compartimos lo que expresa y defiende el Colegio de Veterinarios de la Provincia de Buenos Aires que promueve incansablemente la Responsabilidad de las Personas en la Tenencia de Animales:

La toma de conciencia sobre el doble compromiso fundamental de cada individuo: 1) bregar por el bienestar y garantizar la sanidad de los animales y 2) preservar la Salud Pública.

 Comprometiéndose a:

  • Controles de Salud Periódicos, vacunación, desparasitación.
  • Desarrollo en un ambiente adecuado (vivienda y espacio; ejercicio y entretenimiento según las necesidades de la especie)
  • Control de la reproducción (esterilización).
  • Brindar una alimentación adecuada, higiene (control de pulgas y garrapatas).
  • Prevención de los trastornos del desarrollo, evitando el desapego precoz y generando una correcta socialización intraespecífica e interespecífica.
  • Diagnóstico precoz de las alteraciones del comportamiento.
  • Prevención del riesgo en la interacción humano-animal, gestión de la inserción de los nuevos animales en la familia.

 

Fuente:
Colegio de Veterinarios de la Provincia de Buenos Aires.

Compartir

Comparte el contenido de esta nota en: